Migrantes - Refugiados
Documentación Necesaria para Permanecer en Colombia
Para permanecer en Colombia usted debe ser tener alguno de los siguientes documentos
Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP):
Se otorga al momento de sellar el pasaporte en el Puesto de Control Migratorio por el cual se ingresa a Colombia. En este PIP queda especificado el número de días que usted puede permanecer en el país. Este trámite está a cargo de Migración Colombia y no tiene ningún costo.
Permiso Temporal de Permanencia (Prórroga)
Migración Colombia, podrá otorgar prórrogas de permanencia a los extranjeros cuya nacionalidad no requiera visa y que pretendan extender su permanencia, habiendo usado un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), sin que este exceda los ciento ochenta (180) días calendario (continuos o discontinuos) dentro del mismo año calendario
Para el otorgamiento de cualquier permiso temporal de permanencia (PTP) o prorroga de permanencia, debes acreditar que tienes un permiso de ingreso y permanencia (PIP) vigente, de conformidad con la normatividad.
Permiso Especial de Permanencia (PEP)
Es una autorización especial dada a los ciudadanos venezolanos que ingresaron a Colombia por uno de los Puestos de Control Migratorio habilitados, sellando su pasaporte, antes del 2 de febrero de 2018, para que puedan permanecer y trabajar en el país hasta por 2 años. No tiene ningún costo y se solicita a través de la página web de Migración Colombia.
Documentos en Colombia
Estos son los documentos que debe tener en cuenta al estar en territorio Colombiano.
Pasaporte
El Gobierno colombiano a través de la Cancillería expide pasaportes sólo a ciudadanos colombianos. Los ciudadanos extranjeros que quieran solicitar un pasaporte, tendrán que acercarse a alguno de los Consulados de su país en Colombia.
VISA
La visa es la autorización que da el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) a un extranjero para que ingrese y permanezca en el territorio nacional. Los ciudadanos extranjeros pueden presentar solicitudes sobre cualquiera de los siguientes tres tipos de visa: Visitante, Migrante o Residente.
Visa de Visitante
Se otorga al extranjero que desee visitar una o varias veces el territorio nacional, o permanecer temporalmente en Colombia sin intención de establecerse en el país. En este tipo de visa se podría eventualmente, y de forma discrecional, otorgar un permiso de trabajo por una vigencia de hasta dos años, dependiendo de la actividad y del resultado del estudio discrecional de la solicitud de la visa.
Visa de Migrante
Se otorga al extranjero que desee ingresar y permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse en Colombia, que aún no cumpla con las condiciones especiales para aspirar al visado de residente. En este tipo de visa se podría eventualmente y, de forma discrecional otorgar, un permiso de trabajo por una vigencia de hasta tres años, dependiendo de la actividad y del resultado del estudio discrecional de la solicitud de la visa
Visa de Residente
Se otorga al extranjero que desee ingresar y permanecer en el territorio nacional para establecerse permanentemente o fijar su domicilio en Colombia. Su vigencia es indefinida, tiene un permiso abierto de trabajo y permite a su titular realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional.
Cédula de Extranjería (CE)
Este documento es obligatorio para quienes posean una visa con una vigencia superior a 3 meses. Debe solicitarse después de registrar la visa ante la autoridad migratoria colombiana, en cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios disponibles.
Nacionalidad colombiana
Se puede adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento o por adopción. La información de los requisitos, costos y trámites respectivos podrá consultarlos en www.cancilleria.gov

1. Nacionalidad por Nacimiento
Tienen derecho a esta nacionalidad:
- Hijos de padre o madre colombianos.
- Hijos de padre o madre extranjeros que estén domiciliados en Colombia al momento del nacimiento.
- Hijos de padres colombianos registrados en un Consulado de Colombia en el exterior.
Procedimiento:
- Tramitar el registro civil de nacimiento ante la Registraduría Nacional o un Consulado de Colombia.
- Si nació en el exterior y no fue registrado en un consulado, puede realizar una inscripción extemporánea en el registro civil colombiano.
2. Nacionalidad por Adopción
- Contar con una visa de residente.
- Haber cumplido al menos 1 año de residencia continua en Colombia desde la expedición de la visa.
- Cumplir con los demás requisitos establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Procedimiento:
- Presentar la solicitud ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Para más información, visita cancilleria.gov.co.
3. Nacionalidad de Menores de Edad nacidos en el exterior
Si son hijos de padre o madre colombianos: El menor ya es considerado colombiano, pero debe demostrarlo con documentos como:
- Registro civil.
- Tarjeta de identidad (7 a 17 años).
- Cédula de ciudadanía (mayores de edad).
- Si no tienen estos documentos, deben gestionarlos en la Registraduría Nacional.
4. Nacionalidad por Matrimonio o Unión Marital
- El matrimonio o la unión con un colombiano no otorgan automáticamente la nacionalidad.
- El extranjero puede solicitar una visa de Migrante como cónyuge o compañero permanente, lo que podría facilitar procesos futuros para naturalización
Salud y bienestar
- Los migrantes pueden acceder a los servicios de urgencias en las IPS de todo el país sin necesidad de presentar ningún documento. Sin embargo, si cuentan con algún documento, se recomienda presentarlo, aunque esto no generará reportes a entidades migratorias.
- También pueden beneficiarse de las intervenciones colectivas programadas en el territorio, las cuales se desarrollan en colaboración con la Secretaría de Salud del municipio o distrito, la Empresa Social del Estado (ESE) o el operador asignado para estas acciones.
- Adicionalmente, es posible acceder a la oferta de servicios proporcionada por otros actores en el territorio, como ONG, fundaciones u organismos internacionales, que desarrollan programas dirigidos a poblaciones vulnerables, incluidas personas migrantes, en coordinación con las Secretarías de Salud locales.