Permiso Especial de Permanencia

De acuerdo a la Resolución 0361 de 6 de febrero 2018, únicamente los ciudadanos venezolanos que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en el territorio colombiano al 02 de febrero 2018.
  • Haber ingresado a territorio nacional de manera regular con pasaporte y por Puesto de Control Migratorio habilitado
  • No tener antecedentes judiciales a nivel nacional e internacional.
  • No tener una medida de expulsión o deportación vigente. 
Descripción DESCRIPCIÓN
  • El término para solicitar el PEP es del 7 de febrero de 2018 al 7 de junio de 2018
  • La vigencia del PEP es de 90 días prorrogables automáticamente hasta completar 2 años. Una vez finalizado éste término, el ciudadano venezolano deberá abandonar el país, de lo contrario incurrirá en permanencia irregular
  • Las diferentes personas jurídicas o naturales, que tengan algún tipo de vínculo (laboral, educativo, salud), están obligados a reportar al Sistema de Información y Reporte de Extranjeros SIRE, la vinculación de ciudadanos venezolanos portadores del PEP
  • Debe presentarse ante las autoridades junto con su pasaporte o documento nacional de identificación
  • En caso de pérdida, siguiendo el mismo proceso, puede solicitar, generar e imprimir una nueva copia. No obstante, se sugiere interponer denuncia por pérdida de documento, ante las autoridades competentes.
  • Si la información básica del PEP (correo electrónico, dirección, teléfono), tiene errores, usted puede ingresar nuevamente y realizar las correcciones a que haya lugar.
  • De requerir se realice corrección sobre los nombres, apellidos, sexo, número de documento de identidad, deberá acercarse a cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia a nivel nacional.
  • Los datos de ingreso al territorio nacional NO SON MODIFICABLES.

El Permiso Especial de Permanencia (PEP), dada su naturaleza jurídica, está dirigido a autorizar la permanencia de los nacionales venezolanos que se encuentren en el territorio nacional sin la intención de establecerse, razón por la cual, no equivale a una Visa, ni tiene efectos en el cómputo de tiempo para la Visa de Residencia Tipo “R”.

Si el ciudadano venezolano no cumple con los requisitos mencionados arriba, no podrá acceder al Permiso Especial de Permanencia - PEP.

Para residenciarse en el territorio colombiano, deberá contar con una visa, por lo que se le sugiere acercarse al Ministerio de Relaciones Exteriores a tramitarla. Puede obtener mayor información al respecto en la página web www.cancilleria.gov.co, teléfono en Bogotá (+57 1) 381 4000, línea gratuita nacional 01-8000-979-899.

Si El ciudadano venezolano ya cuenta con un Permiso Especial de Permanencia (PEP), NO TIENE DERECHO A SOLICITAR UNO NUEVO.

Si se le presenta algún error en su generación, deberá acercarse a cualquiera de los veintisiete (27) Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de Migración Colombia a nivel nacional, con sus documentos de identificación y los requisitos habilitantes para su otorgamiento.

Requisitos REQUISITOS

 DOCUMENTOS QUE SE DEBEN REGISTRAR

  • Pasaporte Original(es) con el que ingresó al país y que tiene estampado el sello de inmigración.
  • Cédula de Identidad Original(es), documento Nacional de Identidad (DNI) expedido por la República Bolivariana de Venezuela
  • Menores de edad sin cedula de identidad: Acta de Nacimiento, Original documento de identificación del menor expedido por la República Bolivariana de Venezuela.

 RESTRICCIONES

  • NO es documento de identificación, es una herramienta del Gobierno Nacional para regularizar su permanencia en la República de Colombia.
  • NO se otorga si usted ingresó con la Tarjeta de Movilidad Fronteriza TMF
  • NO es válido como documento de viaje para el ingreso o salida del territorio nacional.
  • NO reemplaza el pasaporte

 CAUSALES DE CANCELACIÓN

  • Alteración del documento
  • Uso inadecuado
  • Infracción a la normatividad migratoria colombiana
  • Infracciones al ordenamiento jurídico (violación a la Ley colombiana)
  • Salir y permanecer fuera del territorio nacional por más de 90 días calendarios continuos
  • De considerarse inconveniente la presencia del ciudadano venezolano en el territorio nacional

 

Costo COSTO

 Gratuito

Procedimiento PROCEDIMIENTO

Ingresando a la página web migracioncolombia.gov.co, a través del banner “solicite aquí el PEP – Permiso Especial de Permanencia” donde deberá aportar la información requerida. Todo el trámite se realiza a través de la página web. En caso tal que al momento del ciudadano venezolano haga el registro de la información y le aparezca un mensaje emergente indicándole que debe acercarse al Centro Facilitador de Servicios Migratorios, le agradecemos seguir esta indicación.

Lugar LUGAR

Trámite en línea

Horario HORARIO

 Las 24 horas de los 7 días de la  semana vía  Internet

Sitio Web WEB

https://www.migracioncolombia.gov.co

 

 

Valora este artículo
(0 votos)

¿Qué hacer en tu ciudad?

Una completa guía de las actividades y eventos que se realizan en el Valle de Aburrá, en temas como: deporte, arte, música, cine, teatro, ecología, ferias, congresos y más. En este espacio el usuario podrá buscar por categoría, tipo de evento, rango de fechas o calendario diario de actividades.
Ver más...

Información Ciudadana

Toda la información para que el ciudadano activo conozca sus derechos y deberes, las instituciones que aportan al desarrollo de la ciudad, los trámites en instituciones públicas, las convocatorias y estímulos a la productividad y creatividad, y muchos más componentes relacionados con el desarrollo social.
Ver más...

Conoce tu ciudad

Una completa guía de la oferta turística del Valle de Aburrá, donde el usuario podrá seleccionar su destino en la ciudad. Además cuenta con herramientas para los viajeros como directorio, restaurantes, hoteles, hospitales, descripción de las características de los sitios más destacados y muchas más.
Ver más...
Subir