DESCRIPCIÓN |
Migración Colombia deberá llevar el registro de extranjeros titulares o beneficiarios de visa, cuya vigencia sea superior a tres (3) meses.
REQUISITOS |
-
Diligencia el formulario único de trámites y adjunta un (1) archivo en PDF que contenga la imagen de los datos biográficos del pasaporte y visa vigente.
-
Solicita una cita mediante el Sistema de Agendamiento Virtual de Citas.
-
Preséntate en la fecha y hora descrita en la cita solicitada en el centro facilitador de servicios migratorios con:- Pasaporte o documento nacional de identidad en original, válido y vigente.- Visa original y vigente.
Ten en cuenta
✔ Todo extranjero menor de edad de cero (0) a diecisiete (17) años, podrá acudir al centro facilitador de servicios migratorios, en compañía de su padre, madre o representante legal. El parentesco deberá ser demostrado, en los casos que así se requiera.
✔ Los extranjeros menores de siete (7) años de edad, solo deberán inscribirse en el registro de extranjeros, sin efectuar el registro biométrico y no se les expedirá cédula de extranjería.
✔ Cuando el menor cumpla 7 años deberá presentarse de nuevo en el centro facilitador de servicios migratorios para realizar la inscripción en el registro de extranjeros.
✔ Los extranjeros que realicen traspaso de visa, solo deberán realizar el registro, siempre y cuando no se modifiquen los datos de la cédula de extranjería, de no ser así, se deberá tramitar una nueva cédula de extranjería con los datos correspondientes.
COSTO |
Gratuito
LUGAR |
Calle 19 # 80A - 40 / Barrio Belén La Nubia / Medellín - Antioquia
HORARIO |
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.
TELÉFONO |
(604)3455500
CORREO ELECTRÓNICO |
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
WEB |
DESCRIPCIÓN |
Migración Colombia deberá llevar el registro de extranjeros titulares o beneficiarios de visa, cuya vigencia sea superior a tres (3) meses.
REQUISITOS |
-
Diligencia el formulario único de trámites y adjunta un (1) archivo en PDF que contenga la imagen de los datos biográficos del pasaporte y visa vigente.
-
Solicita una cita mediante el Sistema de Agendamiento Virtual de Citas.
-
Preséntate en la fecha y hora descrita en la cita solicitada en el centro facilitador de servicios migratorios con:- Pasaporte o documento nacional de identidad en original, válido y vigente.- Visa original y vigente.
Ten en cuenta
✔ Todo extranjero menor de edad de cero (0) a diecisiete (17) años, podrá acudir al centro facilitador de servicios migratorios, en compañía de su padre, madre o representante legal. El parentesco deberá ser demostrado, en los casos que así se requiera.
✔ Los extranjeros menores de siete (7) años de edad, solo deberán inscribirse en el registro de extranjeros, sin efectuar el registro biométrico y no se les expedirá cédula de extranjería.
✔ Cuando el menor cumpla 7 años deberá presentarse de nuevo en el centro facilitador de servicios migratorios para realizar la inscripción en el registro de extranjeros.
✔ Los extranjeros que realicen traspaso de visa, solo deberán realizar el registro, siempre y cuando no se modifiquen los datos de la cédula de extranjería, de no ser así, se deberá tramitar una nueva cédula de extranjería con los datos correspondientes.
COSTO |
Gratuito
LUGAR |
Calle 19 # 80A - 40 / Barrio Belén La Nubia / Medellín - Antioquia
HORARIO |
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.
TELÉFONO |
(604)3455500
CORREO ELECTRÓNICO |
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WEB |
DESCRIPCIÓN |
El Registro civil es el documento que prueba el estado civil de una persona, es decir, su situación jurídica en la familia y la sociedad, determina su capacidad para ejercer ciertos derechos y contraer ciertas obligaciones. Es indivisible, indisponible, imprescriptible, y su asignación corresponde a la ley.
Tienen derecho a la nacionalidad colombiana las personas nacidas en Colombia, que son hijos de padre o madre colombianos, o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en Colombia en el momento del nacimiento. De igual manera, los hijos de padre o madre colombianos que hubieran nacido en el extranjero y luego se domiciliaron o registraron en una oficina consular de este país en el extranjero. Se debe solicitar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
REQUISITOS |
Podrán solicitar la inscripción en el registro civil el padre debidamente identificado, la madre debidamente identificada, o los demás ascendientes del menor, así como el registro civil extranjero de la persona a inscribir. Si uno de los padres es extranjero, deberá presentar pasaporte vigente y copia del mismo. Recuerde que los documentos que hayan sido expedidos por autoridades extranjeras, tendrán que ser apostillados o legalizados según el caso, y traducidos si se encuentran en idioma diferente al castellano
En el caso de personas nacidas en Venezuela que son hijos de padres colombianos, se procede de la siguiente manera:
- Menores de 7 años: Debe presentar el registro civil venezolano debidamente apostillado, en caso de no contar con este documento apostillado, podrá solicitar la inscripción mediante la presentación de dos testigos hábiles que declararán bajo juramento haber presenciado, asistido o tenido noticia directa y fidedigna del nacimiento de la persona que requiera ser inscrita. Además, debe presentar una copia del registro civil de nacimiento sin apostillar. El trámite se puede realizar en cualquier oficina registral en Colombia.
- Mayores de 7 años: Se realiza con el cumplimiento de los mismos requisitos, pero la inscripción se debe adelantar únicamente a través de los registradores especiales de cada departamento.
COSTO |
PROCEDIMIENTO |
Para realizar este trámite se dirige a una registraduría especial con la documentación requerida.
Soy de Venezuela y mi hija/hijo nació en Colombia. ¿Puede adquirir la nacionalidad colombiana?
El Gobierno de Colombia impulsó la campaña “Primero la Niñez” donde flexibilizó los requisitos para que los niños y niñas de padres venezolanos, nacidos en Colombia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 16 de septiembre de 2021. Posteriormente, a través de la Resolución 8617 del 19 de agosto de 2021, el gobierno colombiano prorrogó la medida hasta el 2023, permitiendo una prórroga automática prorrogar por el mismo término, si persisten las circunstancias que dieron lugar a su expedición.
Para mayor información puede consultar el siguiente link: https://www.migracioncolombia.gov.co/primerolaninez/
LUGAR |
HORARIO |
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua
TELÉFONO |
CORREO ELECTRÓNICO |
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WEB |
DESCRIPCIÓN |
Migración Colombia, podrá otorgar prórrogas de permanencia a los extranjeros cuya nacionalidad no requiera visa y que pretendan extender su permanencia, habiendo usado un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), sin que este exceda los ciento ochenta (180) días calendario (continuos o discontinuos) dentro del mismo año calendario.
Es una extensión del Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), es decir, una ampliación del tiempo dado inicialmente al momento de entrar a Colombia. Se solicita 5 días antes de finalizar el mismo.
REQUISITOS |
- Diligencia el Formulario Único de Trámites (FUT) y adjunta:
a) Un (1) archivo en formato PDF, con la imagen del Pasaporte o documento nacional de identificación.
b) Documentos que soportan la solicitud dependiendo del Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP) otorgado al momento de ingresar al país. Los soportes deberán ser conformes a la actividad a desarrollar en el territorio nacional.
* IMPORTANTE: En el formulario en la parte donde dice: ¿Tiene correo electrónico y autoriza el envío de información relacionada con sus trámites?, Señala SI e indica tu correo electrónico. En caso contrario, el trámite continuará de forma presencial y no recibirás ninguna notificación en tu mail.
- Deberás solicitar el permiso temporal de permanencia (PTP) o prórroga de permanencia, cinco (5) días hábiles antes del vencimiento del permiso de ingreso y permanencia (PIP) otorgado. * So pena de incurrir en permanencia irregular y de las medidas administrativas a que hubiere lugar por la condición acontecida.
- En caso de ser pre-aprobada la prórroga, deberás realizar el pago correspondiente por los derechos del trámite, según como se indique en correo electrónico aportado al momento de diligenciar el formulario único de tramites (FUT).
* La simple solicitud de un Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o prórroga de permanencia, ya sea presencial o en línea, no implica el otorgamiento de esta, si este no reúne los requisitos establecidos en el presente acápite.
** En caso de no realizar el pago del trámite dentro del tiempo estipulado, se entenderá por desistida la solicitud
* De forma excepcional los documentos soporte podrán presentarse de manera física en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios o Puesto de Control Migratorio con funciones de Extranjería.
COSTO |
- Tarifa$125,000 Pesos Colombianos.
- El tramite lo debe cancelar en línea por PSE.
PROCEDIMIENTO |
Los pasos para realizar este trámite es:
- Ingresar a: https://www.migracioncolombia.gov.co/
- Ingresar a la sección: Trámites y servicios
- Hacer clic en: Trámites migración Colombia
- Hacer clic en la opción: Prórroga de permanencia
- Hacer clic en la opción: Realizar solicitud
- Diligenciar el formato único de trámites
- Al finalizar el paso anterior, al correo le llegará un número de solicitud y clave, estos le permitirán saber el estado de su trámite
- Si toda la documentación está bien, la constancia llegara un día después de aprobada la solicitud.
Nota:
Si usted así lo requiere, puede solicitar el permiso temporal de permanencia para cambiar permiso.
Además tenga en cuenta que el cambio de permiso, es el cambio de condición del permiso otorgado por migración Colombia para realizar una actividad diferente a la declarada al momento de ingresar al país.
LUGAR |
Trámite en Línea
HORARIO |
Las 24 horas de los 7 días de la semana vía Internet
TELÉFONO |
01 8000 51 04 54
CORREO ELECTRÓNICO |
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WEB |
DESCRIPCIÓN |
Autorización administrativa expedida por Migración Colombia en los Puestos de Control Migratorio a los extranjeros cuya nacionalidad no requiera visa y que pretendan internarse en el territorio nacional sin el ánimo de establecerse o domiciliarse en él.
En este PIP queda especificado el número de días que usted puede permanecer en el país.
REQUISITOS |
- Pasaporte vigente y legible
- Recursos para su estadía en el territorio nacional
- Tiquete de regreso
Se debe solicitar de forma presencial en el Puesto de Control Migratorio de Migración Colombia. Tenga en cuenta que permite ejercer únicamente la actividad otorgada mediante el PIP.
COSTO |
Gratuito
PROCEDIMIENTO |
Se debe solicitar de forma presencial en el Puesto de Control Migratorio de Migración Colombia. Tenga en cuenta que permite ejercer únicamente la actividad otorgada mediante el PIP
LUGAR |
Puesto de Control Migratorio de Migración Colombia
TELÉFONO |
018000 510454
CORREO ELECTRÓNICO |
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WEB |
DESCRIPCIÓN |
Es un carné fronterizo que permite el ingreso, tránsito y permanencia temporal de los ciudadanos venezolanos en el territorio colombiano por un plazo máximo de 7 días
REQUISITOS |
Los ciudadanos nacionales venezolanos mayores de edad y Niños, Niñas y Adolescentes, NNA, residentes en las zonas de frontera previamente definidas por Migración Colombia y debe contar en formato digital (PDF máximo 1MB – documentos escaneados) los siguientes soportes documentales:
- Documento de identidad o Acta de Nacimiento (Aplica para niños, niñas o adolescentes).
- Registro Electoral (Confirmación de datos del elector), tomado de la página http://www.cne.gob.ve/web/index.php
Así mismo, tener como soporte de residencia fronteriza ALGUNO de estos documentos; con vigencia no mayor a seis (6) meses):
- Constancia de residencia, expedida por una autoridad o entidad local.
- Recibo del impuesto predial, o de servicios públicos (electricidad, agua, gas, telefonía móvil o fija, televisión por suscripción) o contrato de arrendamiento.
- Alguno de los documentos el cual figure a nombre del titular relacionado en el pre-registro. Certificado de escolaridad. (Indicar lugar de ubicación en Colombia de la entidad educativa)
COSTO |
Gratuito
PROCEDIMIENTO |
Pasos para tramitar el TMF:
- Ingresar al sitio web: https://www.migracioncolombia.gov.co/venezuela/tmf/
- Ingresa en la opción : Solicitud TMF
- Llenar todos los requisitos del formulario y no olvidar adjuntar los documentos solicitados en la sección de requisitos, estos documentos deben estar en formato solicitado.
LUGAR |
Trámite en línea
HORARIO |
Las 24 horas de los 7 días de la semana vía Internet
TELÉFONO |
CORREO ELECTRÓNICO |
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WEB |