10Ago2022
Descripción DESCRIPCIÓN

 El Registro civil es el documento que prueba el estado civil de una persona, es decir, su situación jurídica en la familia y la sociedad, determina su capacidad para ejercer ciertos derechos y contraer ciertas obligaciones. Es indivisible, indisponible, imprescriptible, y su asignación corresponde a la ley.


Tienen derecho a la nacionalidad colombiana las personas nacidas en Colombia, que son hijos de padre o madre colombianos, o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en Colombia en el momento del nacimiento. De igual manera, los hijos de padre o madre colombianos que hubieran nacido en el extranjero y luego se domiciliaron o registraron en una oficina consular de este país en el extranjero. Se debe solicitar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Requisitos REQUISITOS

 Podrán solicitar la inscripción en el registro civil el padre debidamente identificado, la madre debidamente identificada, o los demás ascendientes del menor, así como el registro civil extranjero de la persona a inscribir. Si uno de los padres es extranjero, deberá presentar pasaporte vigente y copia del mismo. Recuerde que los documentos que hayan sido expedidos por autoridades extranjeras, tendrán que ser apostillados o legalizados según el caso, y traducidos si se encuentran en idioma diferente al castellano


En el caso de personas nacidas en Venezuela que son hijos de padres colombianos, se procede de la siguiente manera:

  • Menores de 7 años: Debe presentar el registro civil venezolano debidamente apostillado, en caso de no contar con este documento apostillado, podrá solicitar la inscripción mediante la presentación de dos testigos hábiles que declararán bajo juramento haber presenciado, asistido o tenido noticia directa y fidedigna del nacimiento de la persona que requiera ser inscrita. Además, debe presentar una copia del registro civil de nacimiento sin apostillar. El trámite se puede realizar en cualquier oficina registral en Colombia.
  • Mayores de 7 años: Se realiza con el cumplimiento de los mismos requisitos, pero la inscripción se debe adelantar únicamente a través de los registradores especiales de cada departamento.
Costo COSTO

 

Procedimiento PROCEDIMIENTO

Para realizar este trámite se dirige a una registraduría especial con la documentación requerida.

Soy de Venezuela y mi hija/hijo nació en Colombia. ¿Puede adquirir la nacionalidad colombiana?
El Gobierno de Colombia impulsó la campaña “Primero la Niñez” donde flexibilizó los requisitos para que los niños y niñas de padres venezolanos, nacidos en Colombia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 16 de septiembre de 2021. Posteriormente, a través de la Resolución 8617 del 19 de agosto de 2021, el gobierno colombiano prorrogó la medida hasta el 2023, permitiendo una prórroga automática prorrogar por el mismo término, si persisten las circunstancias que dieron lugar a su expedición.


Para mayor información puede consultar el siguiente link: https://www.migracioncolombia.gov.co/primerolaninez/ 

Lugar LUGAR

Listado de las Registradurías

Horario HORARIO

 Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua

Teléfono TELÉFONO

 Listado de las Registradurías

Correo electrónico CORREO ELECTRÓNICO

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Sitio Web WEB

 www.registraduria.gov.co  

10Ago2022
Descripción DESCRIPCIÓN

Migración Colombia, podrá otorgar prórrogas de permanencia a los extranjeros cuya nacionalidad no requiera visa y que pretendan extender su permanencia, habiendo usado un Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), sin que este exceda los ciento ochenta (180) días calendario (continuos o discontinuos) dentro del mismo año calendario.

Es una extensión del Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), es decir, una ampliación del tiempo dado inicialmente al momento de entrar a Colombia. Se solicita 5 días antes de finalizar el mismo. 

Requisitos REQUISITOS
  •  Diligencia el Formulario Único de Trámites (FUT) y adjunta: 

a) Un (1) archivo en formato PDF, con la imagen del Pasaporte o documento nacional de identificación. 

b) Documentos que soportan la solicitud dependiendo del Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP) otorgado al momento de ingresar al país. Los soportes deberán ser conformes a la actividad a desarrollar en el territorio nacional.

 IMPORTANTE: En el formulario en la parte donde dice: ¿Tiene correo electrónico y autoriza el envío de información relacionada con sus trámites?, Señala SI e indica tu correo electrónico. En caso contrario, el trámite continuará de forma presencial y no recibirás ninguna notificación en tu mail.

  • Deberás solicitar el permiso temporal de permanencia (PTP) o prórroga de permanencia, cinco (5) días hábiles antes del vencimiento del permiso de ingreso y permanencia (PIP) otorgado. * So pena de incurrir en permanencia irregular y de las medidas administrativas a que hubiere lugar por la condición acontecida.
  • En caso de ser pre-aprobada la prórroga, deberás realizar el pago correspondiente por los derechos del trámite, según como se indique en correo electrónico aportado al momento de diligenciar el formulario único de tramites (FUT). 

* La simple solicitud de un Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o prórroga de permanencia, ya sea presencial o en línea, no implica el otorgamiento de esta, si este no reúne los requisitos establecidos en el presente acápite. 

** En caso de no realizar el pago del trámite dentro del tiempo estipulado, se entenderá por desistida la solicitud 

* De forma excepcional los documentos soporte podrán presentarse de manera física en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios o Puesto de Control Migratorio con funciones de Extranjería.

Costo COSTO
  • Tarifa$125,000 Pesos Colombianos.
  •  El tramite lo debe cancelar en línea por PSE.

 

Procedimiento PROCEDIMIENTO

Los pasos para realizar este trámite es:

  1. Ingresar a: https://www.migracioncolombia.gov.co/ 
  2. Ingresar a la sección: Trámites y servicios
  3. Hacer clic en: Trámites migración Colombia
  4. Hacer clic en la opción: Prórroga de permanencia
  5. Hacer clic en la opción: Realizar solicitud
  6. Diligenciar el formato único de trámites
  7. Al finalizar el paso anterior, al correo le llegará un número de solicitud y clave, estos le permitirán saber el estado de su trámite
  8. Si toda la documentación está bien, la constancia llegara un día después de aprobada la solicitud.

Nota:
Si usted así lo requiere, puede solicitar el permiso temporal de permanencia para cambiar permiso.
Además tenga en cuenta que el cambio de permiso, es el cambio de condición del permiso otorgado por migración Colombia para realizar una actividad diferente a la declarada al momento de ingresar al país.

Lugar LUGAR

 Trámite en Línea

Horario HORARIO

 Las 24 horas de los 7 días de la  semana vía  Internet

Teléfono TELÉFONO

 01 8000 51 04 54

Correo electrónico CORREO ELECTRÓNICO

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Sitio Web WEB

 https://www.migracioncolombia.gov.co 

10Ago2022
Descripción DESCRIPCIÓN

 Autorización administrativa expedida por Migración Colombia en los Puestos de Control Migratorio a los extranjeros cuya nacionalidad no requiera visa y que pretendan internarse en el territorio nacional sin el ánimo de establecerse o domiciliarse en él.
En este PIP queda especificado el número de días que usted puede permanecer en el país.

Requisitos REQUISITOS
  1. Pasaporte vigente y legible
  2. Recursos para su estadía en el territorio nacional
  3. Tiquete de regreso

Se debe solicitar de forma presencial en el Puesto de Control Migratorio de Migración Colombia. Tenga en cuenta que permite ejercer únicamente la actividad otorgada mediante el PIP.

Costo COSTO

Gratuito

Procedimiento PROCEDIMIENTO

 Se debe solicitar de forma presencial en el Puesto de Control Migratorio de Migración Colombia. Tenga en cuenta que permite ejercer únicamente la actividad otorgada mediante el PIP

Lugar LUGAR

 Puesto de Control Migratorio de Migración Colombia

Teléfono TELÉFONO

 018000 510454

Correo electrónico CORREO ELECTRÓNICO

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Sitio Web WEB

 https://www.migracioncolombia.gov.co/venezuela/pep 

10Ago2022
Descripción DESCRIPCIÓN

 Es un carné fronterizo que permite el ingreso, tránsito y permanencia temporal de los ciudadanos venezolanos en el territorio colombiano por un plazo máximo de 7 días 

Requisitos REQUISITOS

 Los ciudadanos nacionales venezolanos mayores de edad y Niños, Niñas y Adolescentes, NNA, residentes en las zonas de frontera previamente definidas por Migración Colombia y debe contar en formato digital (PDF máximo 1MB – documentos escaneados) los siguientes soportes documentales:

  •  Documento de identidad o Acta de Nacimiento (Aplica para niños, niñas o adolescentes).
  • Registro Electoral (Confirmación de datos del elector), tomado de la página http://www.cne.gob.ve/web/index.php 


Así mismo, tener como soporte de residencia fronteriza ALGUNO de estos documentos; con vigencia no mayor a seis (6) meses):

  • Constancia de residencia, expedida por una autoridad o entidad local.
  • Recibo del impuesto predial, o de servicios públicos (electricidad, agua, gas, telefonía móvil o fija, televisión por suscripción) o contrato de arrendamiento.
  • Alguno de los documentos el cual figure a nombre del titular relacionado en el pre-registro. Certificado de escolaridad. (Indicar lugar de ubicación en Colombia de la entidad educativa)
Costo COSTO

Gratuito

Procedimiento PROCEDIMIENTO

 
Pasos para tramitar el TMF: 

  1. Ingresar al sitio web: https://www.migracioncolombia.gov.co/venezuela/tmf/ 
  2. Ingresa en la opción : Solicitud TMF
  3. Llenar todos los requisitos del formulario y no olvidar adjuntar los documentos solicitados en la sección de requisitos, estos documentos deben estar en formato solicitado.
Lugar LUGAR

 Trámite en línea 

Horario HORARIO

 Las 24 horas de los 7 días de la  semana vía  Internet

Teléfono TELÉFONO

 

Correo electrónico CORREO ELECTRÓNICO

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Sitio Web WEB

 https://www.migracioncolombia.gov.co/venezuela/tmf/ 

05Ago2022
Descripción DESCRIPCIÓN

La cédula de extranjería es expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, cuya única finalidad es la identificación de los extranjeros en territorio colombiano.

Deberá solicitar una cédula de extranjería las personas mayor edad y menores a partir de los 7 años de edad en posesión de una visa en calidad de titular principal o titular beneficiario con una vigencia superior a tres (3) meses.

Requisitos REQUISITOS
  • Debes ser extranjero(a) mayor de siete (7) años de edad y titular o beneficiario de una visa vigente.
  • Diligencia el Formulario Único de Trámites (FUT) y adjuntar un (1) archivo en PDF que contenga la imagen de los datos biográficos: Pasaporte y la visa vigente.
  • Agenda tu cita. Preséntate en la fecha y hora descrita, con pasaporte, visa vigente y número de Formulario Único de Tramites.
  • Realiza el pago correspondiente por los derechos del trámite según lo establecido mediante acto administrativo por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

Tenga en cuenta

  • El plazo máximo para solicitar la cédula de extranjería es de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa, ya sea titular o beneficiario.
  • Los menores de edad entre 7 y 17 años titulares o beneficiarios de visa, deberán tramitar cedula de extranjería para menores. Esta obligación deberá cumplirse dentro de los 15 días siguientes, una vez cumpla la edad correspondiente en compañía del padre, madre o representante legal.
  • Todo extranjero menor de edad, beneficiario o titular de visa deberá, acudir al centro facilitador de servicios migratorios en compañía de su padre, madre o representante legal. El parentesco debe ser demostrado, en los casos que se requiera.
  • Los extranjeros menores de siete (7) años (entre 0 y 6 años), deberán tramitar únicamente el registro de extranjero.
  • Los extranjeros menores de edad que cuenten con cédula de extranjería y hayan cumplido con la mayoría de edad (18 años), deberán tramitar una nueva cedula de extranjería, dentro de los 15 días siguientes, una vez cumpla la edad correspondiente.
  • En caso de presentarse alguna incongruencia en la información plasmada en la cédula de extranjería, el titular contará con un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir de la fecha de expedición del documento, para solicitar su reposición.

 

Costo COSTO
  • Tarifa por primera vez 246,000 Pesos ($).
  • Duplicado: 245.000 pesos ($)
  • Ecuatorianos - Cédula de extranjería (Primera vez). El valor en dólares se ajustará a la tasa de cambio al momento del trámite. 5.00Dolares (US$).
  • Ecuatorianos - Cédula de extranjería (Renovación). El valor en dólares se ajustará a la tasa de cambio al momento del trámite. 10.00Dolares (US$).
  • Ecuatorianos - Cédula de extranjería (Duplicado por pérdida). El valor en dólares se ajustará a la tasa de cambio al momento del trámite. 16.00 Dolares (US$).
  • Becarios de la Alianza del Pacífico nacionales de Perú o México. (Visa TP-1) 0.00 Pesos ($).

Se puede cancelar con Tarjeta débito, crédito y /o recibo de pago expedido por el Centro Facilitador de Servicios Migratorios. * No se recibe dinero en efectivo.

Procedimiento PROCEDIMIENTO

Tener en cuenta

  • Se puede tramitar este documento teniendo una visa superior a 3 meses.
  • Se debe solicitar luego de registrar la visa ante la autoridad migratoria colombiana
  • La cédula de extranjería es la misma que tenga la visa 

Pasos en el sitio web:

Pasos en el centro facilitador de servicios migratorios: 

  • Dirigirse al centro facilitador de servicios migratorios con su pasaporte y su visa original y vigente, donde se agendó la cita
  • Realizar el pago correspondiente al trámite
  • Formas y pagos del  trámite
  • Recaudos por datafono centro facilitador de servicios migratorios con tarjeta visa y mastercard
  • Recibo de pago con código de barras: Se puede descargar de la página o reclamar  centro facilitador de servicios migratorios para cancelar ya sea en el Banco de occidente, Banco AV Villas, Banco Bogotá o Banco Popular.
  • Banco agrario donde no hay oficinas de los bancos anteriormente mencionados
  • 5 días hábiles después de realizar el pago y trámite de la solicitud puedes pasar por el centro  donde se genero el trámite  y reclamar la cédula  de  extranjería.
Lugar LUGAR

Calle 19 # 80A - 40 / Barrio Belén La Nubia / Medellín - Antioquia 

Horario HORARIO

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m.

Teléfono TELÉFONO

(604)3455500

Correo electrónico CORREO ELECTRÓNICO

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Sitio Web WEB

https://www.migracioncolombia.gov.co/cedula-de-extranjeria/ 

 

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